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Técnica e industrial · 1 ficha publicada

Vehículos y automoción en Navarra

En automoción se discuten dos cosas distintas y conviene no confundirlas: cómo ocurrió el accidente, que es reconstrucción, y si el daño o la lesión son compatibles con ese accidente, que es biomecánica y valoración. La ley de circulación pone criterios expresos para lo segundo.

Operario trabajando en el vano motor de un turismo con el capó abierto.

Qué establece este peritaje

Lo que el informe deja acreditado

No es una descripción del problema: es la lista de extremos que el dictamen tiene que dejar probados para servir de algo.

  • La dinámica del siniestro: posiciones, velocidades, puntos de conflicto y maniobras de evitación posibles.
  • La compatibilidad entre los daños del vehículo y el mecanismo descrito.
  • La correspondencia entre la energía del impacto y las lesiones alegadas, que es lo que discute el artículo 135 de la ley del automóvil.
  • El coste real de reparación y, en su caso, si procede declarar el siniestro total.

Cómo se usa en la vista

La pericia de automoción llega a juicio casi siempre enfrentada al informe de la compañía. La ley da aquí una palanca poco usada: el asegurador debe acompañar a su oferta o respuesta motivada, de forma desglosada, los documentos e informes en que se ha basado, y el incumplimiento le impide aportar informes médicos periciales definitivos en el proceso posterior (art. 7.3.c y 7.4.b LRCSCVM). Comprobar qué entregó la aseguradora y cuándo forma parte del trabajo pericial.

Datos clave, con la norma de la que sale cada uno

Responsabilidad del conductor
Responde por el riesgo creado; en daños a las personas solo se exonera si prueba culpa exclusiva del perjudicado o fuerza mayor extraña a la conducción. Los defectos o roturas del vehículo no son fuerza mayor.art. 1.1 LRCSCVM — RDL 8/2004
Oferta motivada
Tres meses desde la reclamación para presentar oferta motivada o respuesta motivada. Ambas deben incluir el informe médico pericial definitivo en que se basen.art. 7.2, 7.3.c y 7.4.b LRCSCVM
Traumatismos cervicales menores
Se indemnizan si concurren cuatro criterios de causalidad: exclusión, cronológico, topográfico y de intensidad. Tiene especial relevancia que los síntomas aparezcan o se atienda al lesionado en las 72 horas siguientes.art. 135.1 LRCSCVM
Secuela cervical
Solo se indemniza si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el periodo de lesión temporal.art. 135.2 LRCSCVM
Principios del baremo
Reparación íntegra y reparación vertebrada: se valoran por separado los daños patrimoniales y los no patrimoniales, y dentro de cada grupo, cada concepto.art. 33 LRCSCVM
Garantía en compra a empresa
Tres años desde la entrega; en bienes de segunda mano puede pactarse un plazo menor, nunca inferior a un año. Se presume que la falta de conformidad manifestada en los dos primeros años ya existía al entregar.arts. 120.1 y 121.1 TRLGDCU
Compra entre particulares
Saneamiento por vicios ocultos, con acción que se extingue a los seis meses desde la entrega.arts. 1484 y 1490 CC

Lo que no puede citarse, no se afirma. Si un dato no aparece aquí es porque no hemos podido verificarlo.

Para qué se pide

Casos habituales

Los encargos que con más frecuencia llegan a esta especialidad en Navarra, descritos para que se pueda reconocer una situación propia.

  • Reconstrucción de accidenteCuando las versiones no coinciden o el atestado no cierra la dinámica. Se trabaja con daños, huellas, croquis y datos del vehículo.
  • Latigazo cervical discutidoLa aseguradora niega el nexo. El artículo 135 LRCSCVM exige cuatro criterios de causalidad genérica: exclusión, cronológico, topográfico y de intensidad.
  • Daños no reconocidos por la aseguradoraEl informe de la compañía excluye piezas o valora a la baja. El contraperitaje documenta qué daño es compatible con el impacto y a qué coste se repara.
  • Siniestro total discutidoCoste de reparación frente a valor venal más valor de afección. La discusión es de cifras y de método, y se gana con presupuesto desglosado.
  • Vicio oculto en la compraventaEntre particulares rige el saneamiento del artículo 1484 CC, con seis meses desde la entrega. Comprando a empresa, la garantía legal es de tres años y en segunda mano puede pactarse un mínimo de uno.
  • Atropello de fauna cinegéticaComo regla el conductor responde de sus propios daños, salvo que el accidente derive directamente de una cacería colectiva de caza mayor del mismo día o de las doce horas anteriores.

Ejemplo ilustrativo

Daños que la aseguradora no reconoce como propios del siniestro

Es un supuesto inventado. Está redactado para explicar en qué consiste el trabajo pericial de esta especialidad. No describe un encargo atendido por este sitio ni por nadie, no hay cliente, no hay juzgado, no hay sentencia y no hay resultado. Cualquier parecido con un asunto real sería casualidad.

  1. 01Qué ocurre

    Tras una colisión por alcance, la compañía contraria acepta una parte de los daños del vehículo y rechaza el resto por considerarlos anteriores. El conductor refiere además molestias cervicales por las que fue atendido días después.

  2. 02Qué se discute

    Dos cosas distintas que conviene no mezclar: la compatibilidad de los daños materiales con el mecanismo de la colisión, y la relación entre el impacto y la lesión cervical.

  3. 03Qué debe dejar establecido el informe

    En lo material, cómo se produjo el impacto y qué deformaciones son compatibles con esa dinámica y cuáles no. En lo personal, los cuatro criterios de causalidad del traumatismo cervical menor —exclusión, cronológico, topográfico y de intensidad—, con especial relevancia del momento en que aparecen los síntomas y en que se atiende al lesionado (art. 135.1 LRCSCVM). La secuela solo se indemniza si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el periodo de lesión temporal (art. 135.2 LRCSCVM).

  4. 04Cómo se sustancia

    El asegurador dispone de tres meses desde la reclamación para presentar oferta motivada o respuesta motivada, y ambas deben incluir el informe médico pericial definitivo en que se basen (art. 7.2, 7.3.c y 7.4.b LRCSCVM). Ese informe es el documento con el que se contrasta el dictamen de parte, y la valoración se ordena por los principios de reparación íntegra y vertebrada (art. 33 LRCSCVM).

Las referencias legales del ejemplo son las mismas que se citan en el resto de esta página y están verificadas. Los hechos no: están construidos a propósito para ilustrar, y por eso el ejemplo no lleva cifras ni desenlace.

Estructura metálica de una nave en montaje, vista desde el aire.

Estructura metálica de una nave en montaje, vista desde el aire.

Marco legal

Normas que se aplican

Los preceptos sobre los que se construye el dictamen, con lo que aporta cada uno.

  • RDL 8/2004

    Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor

    Régimen de responsabilidad, tramitación del siniestro y, en su título IV y anexo, el sistema de valoración del daño corporal.

  • art. 7 LRCSCVM

    RDL 8/2004

    Reclamación previa obligatoria, plazo de tres meses para la oferta o respuesta motivada y consecuencias de su incumplimiento.

  • art. 135 LRCSCVM

    RDL 8/2004

    Los cuatro criterios de causalidad de los traumatismos cervicales menores. Es el artículo que decide la mayoría de los litigios por esguince.

  • Ley 35/2015

    Reforma del sistema para la valoración de los daños causados a las personas en accidentes de circulación

    Ley que introdujo el sistema vigente, con sus tablas de muerte, secuelas y lesiones temporales.

  • arts. 120 y 121 TRLGDCU

    RDL 1/2007, defensa de los consumidores y usuarios

    Plazo de responsabilidad por falta de conformidad y presunción de anterioridad, clave en la compra de vehículo usado a un profesional.

  • arts. 1484 y 1490 CC

    Código Civil

    Saneamiento por vicios ocultos entre particulares y plazo de seis meses desde la entrega.

  • DA 7ª del TR Ley sobre Tráfico

    Real Decreto Legislativo 6/2015

    Responsabilidad en atropellos de especies cinegéticas: regla general del conductor y las dos excepciones de la cacería colectiva y del cerramiento o la señalización.

Las referencias remiten a la redacción vigente de cada norma. Esta página es información técnica, no asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.

Contenido del dictamen

Qué lleva dentro el informe

Los apartados que debe contener para poder sostenerse, en el orden en que se construyen.

  1. 01Datos de partidaAtestado, declaraciones, partes amistosos, fotografías, informes de taller y datos técnicos de los vehículos implicados.
  2. 02Inspección de los vehículosDeformaciones, altura y dirección de los daños, restos y elementos de seguridad activados, con toma de medidas.
  3. 03ReconstrucciónPosiciones, trayectorias y velocidades estimadas, con el modelo empleado y sus hipótesis declaradas.
  4. 04CompatibilidadContraste entre el mecanismo reconstruido y los daños o lesiones alegados, aplicando cuando procede los criterios del artículo 135 LRCSCVM.
  5. 05Valoración económicaPresupuesto desglosado por piezas y mano de obra, o análisis de siniestro total con valor venal y valor de afección.
  6. 06ConclusionesNumeradas y con el grado de certeza que permite la información disponible, señalando lo que no puede afirmarse.

El informe se entrega firmado, con la declaración de objetividad del art. 335.2 LEC, y se ratifica en vista cuando el procedimiento lo requiere.

Fichas publicadas

Peritos de vehículos y automoción en Navarra

Cada ficha indica de dónde sale su información. El contacto solo aparece cuando el propio profesional ya lo publica.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

Las que más se repiten cuando alguien llega a esta especialidad con un caso entre manos.

La aseguradora dice que el esguince no es compatible con el golpe. ¿Puede hacerlo?
Puede sostenerlo, y la ley le da criterios para discutirlo. El artículo 135.1 LRCSCVM exige cuatro criterios de causalidad genérica: de exclusión, cronológico, topográfico y de intensidad. Dentro del cronológico tiene especial relevancia que los síntomas se manifiesten o que el lesionado reciba atención médica en las 72 horas siguientes al accidente. Un informe pericial que aborde los cuatro es la respuesta técnica a ese rechazo.
¿Tengo que reclamar antes de demandar?
Sí. Con carácter previo a la demanda hay que comunicar el siniestro al asegurador pidiendo la indemnización, y la reclamación no necesita estar cuantificada (art. 7.1 LRCSCVM). No se admiten a trámite las demandas que no acompañen la oferta o respuesta motivada o, en su defecto, la reclamación previa (art. 7.8 LRCSCVM).
¿Cuánto tarda la aseguradora en responder?
Tres meses desde la recepción de la reclamación, para presentar oferta motivada si entiende acreditada la responsabilidad y cuantificado el daño, o respuesta motivada en caso contrario (art. 7.2 LRCSCVM). Transcurrido el plazo sin oferta por causa que le sea imputable, se devengan intereses de demora.
Compré un coche de segunda mano con una avería oculta. ¿Qué plazo tengo?
Depende de a quién se lo compró. A un profesional, la responsabilidad por falta de conformidad es de tres años desde la entrega, y en bienes de segunda mano puede pactarse un plazo menor que nunca será inferior a un año (art. 120.1 TRLGDCU); además se presume que la falta manifestada en los dos primeros años ya existía al entregar (art. 121.1). A un particular, rige el saneamiento por vicios ocultos, cuya acción se extingue a los seis meses desde la entrega (arts. 1484 y 1490 CC).
Me salió un corzo y destrocé el coche. ¿Quién paga?
Como regla general, el conductor responde de los daños y no puede reclamar por el valor del animal. Solo responde el titular del aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno cuando el accidente sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de caza mayor llevada a cabo el mismo día o concluida en las doce horas anteriores; y puede responder el titular de la vía si no reparó el vallado en plazo o si faltaba señalización en un tramo de alta accidentalidad (DA 7ª del texto refundido de la Ley sobre Tráfico).