Remírez Peritos, S.L.
Partido judicial de Pamplona
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En un litigio industrial casi nunca se discute si la máquina falló, sino por qué falló y quién debía haberlo impedido. La respuesta está repartida entre el reglamento de seguridad industrial que aplica, la declaración de conformidad del fabricante y las condiciones de utilización que impone el empresario.
Estructura metálica de una nave en montaje, vista desde el aire.
Qué establece este peritaje
No es una descripción del problema: es la lista de extremos que el dictamen tiene que dejar probados para servir de algo.
Cómo se usa en la vista
Aquí el interrogatorio suele ir al método: por qué se descartaron las hipótesis alternativas de fallo. Un informe industrial sólido las enumera y explica qué evidencia elimina cada una, en lugar de defender solo la elegida. Cuando hay un ensayo destructivo de por medio conviene además haberlo hecho con citación de la parte contraria, porque un ensayo irrepetible practicado unilateralmente es la objeción más fácil de plantear y la más difícil de responder.
Lo que no puede citarse, no se afirma. Si un dato no aparece aquí es porque no hemos podido verificarlo.
Para qué se pide
Los encargos que con más frecuencia llegan a esta especialidad en Navarra, descritos para que se pueda reconocer una situación propia.
Ejemplo ilustrativo
Es un supuesto inventado. Está redactado para explicar en qué consiste el trabajo pericial de esta especialidad. No describe un encargo atendido por este sitio ni por nadie, no hay cliente, no hay juzgado, no hay sentencia y no hay resultado. Cualquier parecido con un asunto real sería casualidad.
01Qué ocurre
Una prensa de una línea de producción provoca un atrapamiento durante una operación de desatasco. Al inspeccionarla se comprueba que el resguardo móvil tenía el enclavamiento puenteado.
02Qué se discute
Desde cuándo estaba anulado el enclavamiento, si la máquina se comercializó conforme, y si el desatasco estaba encomendado a personal capacitado para esa operación.
03Qué debe dejar establecido el informe
Si el equipo satisfacía las disposiciones legales aplicables y las condiciones generales del anexo I del reglamento de equipos de trabajo (art. 3.1 RD 1215/1997); si se había conservado durante su vida útil en condiciones de seguridad, teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante (art. 3.5 RD 1215/1997); y si el desatasco suponía un riesgo específico, en cuyo caso solo puede encomendarse a personal especialmente capacitado (art. 3.5, párrafo segundo, RD 1215/1997). En comercialización, si la máquina cumplía el régimen del RD 1644/2008.
04Cómo se sustancia
El informe industrial se sostiene por el método: enumera las hipótesis alternativas de fallo y explica qué evidencia elimina cada una. Un mismo hecho puede abrir a la vez un expediente sancionador, una reclamación de daños y un recargo de prestaciones, porque la sanción administrativa es compatible con la indemnización y con el recargo (art. 42.1 y 42.3 LPRL). El dictamen técnico es el mismo en los tres: lo que cambia es la pregunta que se le hace.
Las referencias legales del ejemplo son las mismas que se citan en el resto de esta página y están verificadas. Los hechos no: están construidos a propósito para ilustrar, y por eso el ejemplo no lleva cifras ni desenlace.

Excavación entibada con puntales metálicos y armaduras en espera, junto a una calle de viviendas.
Marco legal
Los preceptos sobre los que se construye el dictamen, con lo que aporta cada uno.
RD 1215/1997
Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo
Obligaciones del empresario usuario, condiciones del anexo I para los equipos y condiciones de utilización del anexo II.
RD 1644/2008
Normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas
Régimen actual del marcado CE de máquinas, declaración de conformidad, expediente técnico e instrucciones.
Reglamento (UE) 2023/1230
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las máquinas
Sustituye a la Directiva 2006/42/CE. Será aplicable a partir del 20 de enero de 2027, con lo que la fecha de puesta en el mercado pasa a ser un dato pericial relevante.
art. 17 LPRL
Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales
Adecuación de los equipos de trabajo y regla de prioridad de la protección colectiva sobre la individual.
Ley 21/1992
Ley de Industria
Marco de la seguridad industrial y de los reglamentos que fijan las condiciones técnicas de instalaciones y productos.
RD 2267/2004
Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
Caracterización, nivel de riesgo intrínseco y requisitos constructivos y de protección de los establecimientos industriales.
RD 513/2017
Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
Requisitos de los equipos y sistemas de protección contra incendios y de su instalación y mantenimiento.
UNE 197001:2019
Criterios generales para la elaboración de informes periciales
Estructura del informe, con especial peso de los documentos de referencia y de la metodología.
Las referencias remiten a la redacción vigente de cada norma. Esta página es información técnica, no asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.
Contenido del dictamen
Los apartados que debe contener para poder sostenerse, en el orden en que se construyen.
El informe se entrega firmado, con la declaración de objetividad del art. 335.2 LEC, y se ratifica en vista cuando el procedimiento lo requiere.
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