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Técnica e industrial · 1 ficha publicada

Ingeniería industrial en Navarra

En un litigio industrial casi nunca se discute si la máquina falló, sino por qué falló y quién debía haberlo impedido. La respuesta está repartida entre el reglamento de seguridad industrial que aplica, la declaración de conformidad del fabricante y las condiciones de utilización que impone el empresario.

Estructura metálica de una nave en montaje, vista desde el aire.

Qué establece este peritaje

Lo que el informe deja acreditado

No es una descripción del problema: es la lista de extremos que el dictamen tiene que dejar probados para servir de algo.

  • La causa técnica del fallo, distinguiendo defecto de diseño, defecto de fabricación, instalación incorrecta, mantenimiento insuficiente y uso indebido.
  • Si el equipo cumplía las condiciones exigibles: marcado CE, declaración de conformidad, manual en castellano y las condiciones del anexo I del RD 1215/1997.
  • Si la instalación se ejecutó conforme al reglamento de seguridad industrial aplicable y si tenía la documentación exigible.
  • El alcance económico del daño: reparación, lucro cesante por parada y, en su caso, sustitución.

Cómo se usa en la vista

Aquí el interrogatorio suele ir al método: por qué se descartaron las hipótesis alternativas de fallo. Un informe industrial sólido las enumera y explica qué evidencia elimina cada una, en lugar de defender solo la elegida. Cuando hay un ensayo destructivo de por medio conviene además haberlo hecho con citación de la parte contraria, porque un ensayo irrepetible practicado unilateralmente es la objeción más fácil de plantear y la más difícil de responder.

Datos clave, con la norma de la que sale cada uno

Obligación del empresario
Solo puede utilizar equipos que satisfagan cualquier disposición legal aplicable y las condiciones generales del anexo I del reglamento.art. 3.1 RD 1215/1997
Mantenimiento
El equipo debe conservarse durante toda su vida útil en condiciones que garanticen la seguridad, teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante.art. 3.5 RD 1215/1997
Operaciones de riesgo
El mantenimiento, la reparación o la transformación que suponga riesgo específico solo puede encomendarse a personal especialmente capacitado.art. 3.5, párrafo segundo, RD 1215/1997
Comercialización de máquinas
Régimen vigente del RD 1644/2008, que transpone la Directiva 2006/42/CE. El Reglamento (UE) 2023/1230 la sustituye y será aplicable desde el 20 de enero de 2027.RD 1644/2008; Reglamento (UE) 2023/1230
Protección colectiva antes que individual
El equipo de protección individual solo procede cuando el riesgo no puede evitarse ni limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o por organización del trabajo.art. 17.2 LPRL
Seguridad industrial
La Ley de Industria es la norma marco de la que cuelgan los reglamentos de seguridad industrial sectoriales.Ley 21/1992, de Industria
Incendio en establecimiento industrial
Los establecimientos industriales tienen reglamento propio de seguridad contra incendios, distinto del régimen general de edificación.RD 2267/2004

Lo que no puede citarse, no se afirma. Si un dato no aparece aquí es porque no hemos podido verificarlo.

Para qué se pide

Casos habituales

Los encargos que con más frecuencia llegan a esta especialidad en Navarra, descritos para que se pueda reconocer una situación propia.

  • Fallo de maquinaria en garantíaAvería prematura o repetida cuyo origen la fabricante atribuye al uso y el usuario al diseño. Se dirime con análisis de fallo y revisión del manual y del plan de mantenimiento.
  • Máquina sin marcado CE o mal declaradaLa comercialización y puesta en servicio de máquinas se rige hoy por el RD 1644/2008; el Reglamento (UE) 2023/1230 será aplicable a partir del 20 de enero de 2027.
  • Resguardo anulado y accidenteCuando el dispositivo de seguridad se ha puenteado, hay que determinar quién lo hizo, cuándo y si la organización del trabajo lo inducía. El anexo I del RD 1215/1997 fija lo exigible.
  • Instalación defectuosaInstalaciones eléctricas, térmicas, de gas o de protección contra incendios ejecutadas sin ajustarse a su reglamento o sin la documentación de puesta en servicio.
  • Parada de producciónCuantificación del lucro cesante por indisponibilidad de una línea, coordinada con la pericia contable.
  • Recepción de obra industrialDiscrepancias entre lo contratado, lo proyectado y lo ejecutado en una instalación llave en mano.

Ejemplo ilustrativo

Un atrapamiento en una prensa con el enclavamiento puenteado

Es un supuesto inventado. Está redactado para explicar en qué consiste el trabajo pericial de esta especialidad. No describe un encargo atendido por este sitio ni por nadie, no hay cliente, no hay juzgado, no hay sentencia y no hay resultado. Cualquier parecido con un asunto real sería casualidad.

  1. 01Qué ocurre

    Una prensa de una línea de producción provoca un atrapamiento durante una operación de desatasco. Al inspeccionarla se comprueba que el resguardo móvil tenía el enclavamiento puenteado.

  2. 02Qué se discute

    Desde cuándo estaba anulado el enclavamiento, si la máquina se comercializó conforme, y si el desatasco estaba encomendado a personal capacitado para esa operación.

  3. 03Qué debe dejar establecido el informe

    Si el equipo satisfacía las disposiciones legales aplicables y las condiciones generales del anexo I del reglamento de equipos de trabajo (art. 3.1 RD 1215/1997); si se había conservado durante su vida útil en condiciones de seguridad, teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante (art. 3.5 RD 1215/1997); y si el desatasco suponía un riesgo específico, en cuyo caso solo puede encomendarse a personal especialmente capacitado (art. 3.5, párrafo segundo, RD 1215/1997). En comercialización, si la máquina cumplía el régimen del RD 1644/2008.

  4. 04Cómo se sustancia

    El informe industrial se sostiene por el método: enumera las hipótesis alternativas de fallo y explica qué evidencia elimina cada una. Un mismo hecho puede abrir a la vez un expediente sancionador, una reclamación de daños y un recargo de prestaciones, porque la sanción administrativa es compatible con la indemnización y con el recargo (art. 42.1 y 42.3 LPRL). El dictamen técnico es el mismo en los tres: lo que cambia es la pregunta que se le hace.

Las referencias legales del ejemplo son las mismas que se citan en el resto de esta página y están verificadas. Los hechos no: están construidos a propósito para ilustrar, y por eso el ejemplo no lleva cifras ni desenlace.

Excavación entibada con puntales metálicos y armaduras en espera, junto a una calle de viviendas.

Excavación entibada con puntales metálicos y armaduras en espera, junto a una calle de viviendas.

Marco legal

Normas que se aplican

Los preceptos sobre los que se construye el dictamen, con lo que aporta cada uno.

  • RD 1215/1997

    Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo

    Obligaciones del empresario usuario, condiciones del anexo I para los equipos y condiciones de utilización del anexo II.

  • RD 1644/2008

    Normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas

    Régimen actual del marcado CE de máquinas, declaración de conformidad, expediente técnico e instrucciones.

  • Reglamento (UE) 2023/1230

    Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las máquinas

    Sustituye a la Directiva 2006/42/CE. Será aplicable a partir del 20 de enero de 2027, con lo que la fecha de puesta en el mercado pasa a ser un dato pericial relevante.

  • art. 17 LPRL

    Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales

    Adecuación de los equipos de trabajo y regla de prioridad de la protección colectiva sobre la individual.

  • Ley 21/1992

    Ley de Industria

    Marco de la seguridad industrial y de los reglamentos que fijan las condiciones técnicas de instalaciones y productos.

  • RD 2267/2004

    Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales

    Caracterización, nivel de riesgo intrínseco y requisitos constructivos y de protección de los establecimientos industriales.

  • RD 513/2017

    Reglamento de instalaciones de protección contra incendios

    Requisitos de los equipos y sistemas de protección contra incendios y de su instalación y mantenimiento.

  • UNE 197001:2019

    Criterios generales para la elaboración de informes periciales

    Estructura del informe, con especial peso de los documentos de referencia y de la metodología.

Las referencias remiten a la redacción vigente de cada norma. Esta página es información técnica, no asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.

Contenido del dictamen

Qué lleva dentro el informe

Los apartados que debe contener para poder sostenerse, en el orden en que se construyen.

  1. 01Identificación del equipoMarca, modelo, número de serie, año, marcado CE y declaración de conformidad, con fotografía de la placa.
  2. 02Documentación técnicaManual de instrucciones, expediente técnico disponible, proyecto de la instalación, certificados y actas de puesta en servicio.
  3. 03Análisis del falloExamen del componente afectado, modo de fallo, y contraste con las condiciones de servicio reales.
  4. 04Contraste reglamentarioRequisitos aplicables al equipo o a la instalación, uno a uno, con el reglamento que los impone.
  5. 05Historial de uso y mantenimientoRegistros de mantenimiento, incidencias previas, modificaciones y horas de servicio.
  6. 06Imputación y valoraciónA quién resulta atribuible el fallo y cuál es su coste, separando reparación, sustitución y parada.

El informe se entrega firmado, con la declaración de objetividad del art. 335.2 LEC, y se ratifica en vista cuando el procedimiento lo requiere.

Fichas publicadas

Peritos de ingeniería industrial en Navarra

Cada ficha indica de dónde sale su información. El contacto solo aparece cuando el propio profesional ya lo publica.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

Las que más se repiten cuando alguien llega a esta especialidad con un caso entre manos.

La máquina tenía marcado CE. ¿Eso cierra la discusión?
No. El marcado y la declaración de conformidad son una presunción de partida, no una prueba de que el equipo concreto fuese seguro en su configuración real y en sus condiciones de uso. El empresario que la utiliza responde además de que satisfaga las condiciones generales del anexo I del RD 1215/1997 y de mantenerla en condiciones seguras durante toda su vida útil (art. 3.1 y 3.5).
¿Qué norma se aplica a una máquina comprada hace años?
La vigente en el momento de su puesta en el mercado, en cuanto a comercialización, y la vigente hoy en cuanto a condiciones de utilización por el empresario. Hoy la comercialización se rige por el RD 1644/2008; el Reglamento (UE) 2023/1230 será aplicable a partir del 20 de enero de 2027, así que la fecha de puesta en el mercado es un dato que el informe debe fijar con precisión.
El resguardo estaba puenteado. ¿Es culpa del trabajador?
Es una conclusión que hay que ganarse. La pericia debe establecer quién lo anuló, cuándo, si la empresa lo conocía o podía conocerlo y si el ritmo de trabajo o el procedimiento operativo hacían impracticable trabajar con el resguardo puesto. Un puenteo antiguo, generalizado y registrado en incidencias previas apunta a un problema de organización, no a un acto individual.
¿Hace falta destruir la pieza para analizarla?
A veces sí: un análisis metalográfico exige cortar y preparar la probeta. Cuando el ensayo es irrepetible, conviene practicarlo con citación de la parte contraria, para que pueda estar presente o designar a alguien. Un ensayo destructivo hecho unilateralmente es la objeción más sencilla de plantear en la vista.
¿Puedo reclamar la parada de producción?
Sí, como lucro cesante, pero hay que cuantificarlo con datos y no con estimaciones: producción real de periodos comparables, márgenes acreditados y costes evitados durante la parada. En la práctica se resuelve mejor coordinando el informe industrial con una pericia contable que asuma la parte económica.