Navarra de Peritaciones
Partido judicial de Pamplona
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El contrato de seguro tiene un procedimiento propio para resolver el desacuerdo sobre la indemnización sin ir al juzgado: la tasación pericial contradictoria del artículo 38 LCS. Cada parte nombra su perito, y si no se ponen de acuerdo, un tercero. El dictamen resultante vincula, salvo impugnación en plazo.
Edificio con la cubierta retirada tras un temporal y contenedor de escombros a pie de fachada.
Qué establece este peritaje
No es una descripción del problema: es la lista de extremos que el dictamen tiene que dejar probados para servir de algo.
Cómo se usa en la vista
Buena parte de estos asuntos no llega a juicio: se cierran en el acta conjunta de peritos, que recoge causas, valoración, circunstancias que influyen en la indemnización y la propuesta de importe líquido. Cuando sí llegan, la discusión suele reducirse a dos preguntas: si la cláusula que excluye el siniestro cumple el artículo 3 LCS, y si el valor del interés asegurado estaba bien fijado. Ambas se preparan documentalmente antes de la vista, no en ella.
Lo que no puede citarse, no se afirma. Si un dato no aparece aquí es porque no hemos podido verificarlo.
Para qué se pide
Los encargos que con más frecuencia llegan a esta especialidad en Navarra, descritos para que se pueda reconocer una situación propia.
Ejemplo ilustrativo
Es un supuesto inventado. Está redactado para explicar en qué consiste el trabajo pericial de esta especialidad. No describe un encargo atendido por este sitio ni por nadie, no hay cliente, no hay juzgado, no hay sentencia y no hay resultado. Cualquier parecido con un asunto real sería casualidad.
01Qué ocurre
Tras un daño por agua en un local, el perito de la compañía cifra la reparación sensiblemente por debajo del presupuesto que maneja el asegurado. No hay acuerdo sobre el alcance de las partidas ni sobre alguna de las exclusiones que se invocan.
02Qué se discute
Qué partidas son consecuencia del siniestro y cuáles responden a un deterioro anterior, y si la cláusula que la compañía aplica limita realmente la cobertura.
03Qué debe dejar establecido el informe
El origen y el alcance del daño, partida a partida, y si la cláusula invocada es limitativa de los derechos del asegurado: las limitativas deben destacarse de modo especial y ser específicamente aceptadas por escrito (art. 3 LCS).
04Cómo se sustancia
El contrato de seguro tiene vía propia. El asegurado dispone de cinco días desde la notificación del siniestro para comunicar la relación de objetos existentes, los salvados y la estimación de los daños (art. 38, párrafo primero, LCS). Sin acuerdo, cada parte designa perito, y quien no lo haga en los ocho días siguientes al requerimiento queda vinculado por el dictamen del contrario (art. 38, párrafo cuarto, LCS). Si los peritos no coinciden, se designa un tercero de conformidad (art. 38, párrafo sexto, LCS), y el dictamen vincula salvo impugnación judicial en treinta días para el asegurador y ciento ochenta para el asegurado (art. 38, párrafo séptimo, LCS).
Las referencias legales del ejemplo son las mismas que se citan en el resto de esta página y están verificadas. Los hechos no: están construidos a propósito para ilustrar, y por eso el ejemplo no lleva cifras ni desenlace.

Sala de vistas de un edificio judicial: estrado, sitial y bancada corrida del público.
Marco legal
Los preceptos sobre los que se construye el dictamen, con lo que aporta cada uno.
art. 38 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Tasación pericial contradictoria: plazos, acta conjunta, tercer perito, carácter vinculante del dictamen y plazos de impugnación.
art. 3 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Las condiciones generales no pueden ser lesivas y las cláusulas limitativas han de destacarse y aceptarse específicamente por escrito.
art. 18 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Obligación de pagar el importe mínimo dentro de los cuarenta días siguientes a la declaración del siniestro.
art. 20 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Régimen de la mora del asegurador, con el suelo del 20 % anual transcurridos dos años desde el siniestro.
art. 23 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Prescripción de dos años en seguros de daños y cinco en seguros de personas.
art. 28 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Póliza estimada: el asegurador solo puede impugnar el valor pactado en supuestos tasados, entre ellos el error notable frente al valor real fijado pericialmente.
art. 45 LCS
Ley 50/1980, de contrato de seguro
Define legalmente el incendio como combustión y abrasamiento con llama capaz de propagarse de objetos no destinados a ser quemados en ese lugar y momento.
art. 7 LRCSCVM
RDL 8/2004
En el ramo del automóvil, el asegurador debe emitir oferta o respuesta motivada en tres meses y entregar los informes en que se basa.
Las referencias remiten a la redacción vigente de cada norma. Esta página es información técnica, no asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.
Contenido del dictamen
Los apartados que debe contener para poder sostenerse, en el orden en que se construyen.
El informe se entrega firmado, con la declaración de objetividad del art. 335.2 LEC, y se ratifica en vista cuando el procedimiento lo requiere.
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