Sin tarifa oficial: así se forma el precio
Cuánto cuesta un contraperitaje de seguros
En un desacuerdo con la aseguradora hay una regla de reparto que conviene conocer antes de empezar: cada parte paga a su perito, y el tercero, cuando hace falta, se costea entre ambas. Eso cambia por completo el cálculo de si merece la pena discutir.
Edificio con la cubierta retirada tras un temporal y contenedor de escombros a pie de fachada.
Qué mueve el precio
Los factores propios de este informe
Además de los comunes a cualquier peritaje, estos son los que hacen variar el presupuesto en esta especialidad.
- Naturaleza del bien siniestradoUn contenido doméstico, una nave con maquinaria o una pérdida de beneficios exigen inventarios y métodos de valoración muy distintos.
- Estado del siniestroSi aún no se ha limpiado ni reparado, la inspección directa es concluyente y rápida. Sobre lo ya reparado hay que reconstruir con facturas y fotografías.
- Determinación de la causaCuando la compañía rechaza por exclusión, hay que probar la causa técnica del siniestro, y eso puede exigir ensayos o un especialista adicional.
- Valoración de preexistenciasAcreditar qué había antes del siniestro es el punto más laborioso de casi todos estos informes, y el que más depende de la documentación del asegurado.
- Intervención como tercer peritoEl tercer perito interviene con un encargo y un plazo propios: treinta días desde la aceptación del nombramiento, salvo plazo pactado.
- Impugnación judicial posteriorSi el dictamen se impugna, el informe pasa a un pleito y hay que sostenerlo en vista.
Antes de encargar nada
Lo que conviene saber antes
- Cada parte designa y paga a su perito; el tercero se nombra de conformidad entre ambas (art. 38 LCS).
- No designar perito en los ocho días siguientes al requerimiento equivale a aceptar el dictamen del perito de la otra parte.
- Los plazos de impugnación son asimétricos: treinta días el asegurador, ciento ochenta el asegurado. Pasados, el dictamen es inatacable.
- Si la compañía se retrasa, los intereses del artículo 20 LCS se imponen de oficio y no bajan del 20 % anual pasados dos años.
Alcance, plazo e importe por escrito
Acordados antes de empezar el informe, con los ensayos externos como partida diferenciada.
Quién paga y cómo se recupera
- No existe tarifa oficial
- Los colegios profesionales y sus organizaciones colegiales no pueden establecer baremos orientativos ni ninguna otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales.art. 14 de la Ley 2/1974, sobre Colegios Profesionales
- La única excepción
- Los colegios sí pueden elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas.disposición adicional cuarta de la Ley 2/1974
- Provisión de fondos
- El perito designado judicialmente puede solicitarla en los tres días siguientes a su nombramiento, presentando presupuesto de lo que sería su futura factura. La parte dispone de cinco días para consignarla.art. 342.3 LEC
- Si no se consigna
- El perito queda eximido de emitir el dictamen y no se procede a una nueva designación. La prueba pericial simplemente no se practica.art. 342.3 LEC
- Perito único de común acuerdo
- Cuando ambas partes piden la designación y se muestran conformes, el tribunal puede nombrar un solo perito y los honorarios se abonan por mitades.art. 339.2 LEC
- Recuperación en costas
- Los derechos de peritos son costas del proceso, de modo que entran en la tasación si la sentencia condena en costas a la parte contraria.art. 241.1.4º LEC
- Impugnación por excesivos
- Si la tasación se impugna por considerar excesivos los honorarios del perito, se pide dictamen al Colegio, asociación o corporación profesional a la que pertenezca, y el letrado de la Administración de Justicia resuelve por decreto.art. 246.2 LEC
- Asistencia jurídica gratuita
- Quien tiene reconocido el derecho no aporta dictamen de parte: lo anuncia, y el perito se designa judicialmente.art. 339.1 LEC
- Peritación de seguros
- En la tasación pericial contradictoria cada parte designa y paga a su perito; el tercero se nombra de conformidad entre ambas.art. 38 LCS
Reglas comunes a cualquier informe pericial, con el artículo que las establece.

Sala de vistas de un edificio judicial: estrado, sitial y bancada corrida del público.
Dudas habituales
Preguntas sobre el coste de este informe
Respondidas con la norma aplicable, no con una estimación de precio.
- ¿Quién paga al tercer perito?
- En la tasación pericial contradictoria cada parte designa y costea el suyo, y el tercero se nombra de conformidad entre ambas (art. 38 LCS). Antes de abrir el procedimiento conviene calcular ese coste conjunto frente a la diferencia que se discute.
- ¿Puedo reclamar el coste del informe a la aseguradora?
- En vía judicial, los derechos de peritos son costas del proceso (art. 241.1.4º LEC). Además, si por demora del asegurador en pagar una indemnización ya inatacable el asegurado se ve obligado a reclamarla judicialmente, la sentencia debe condenar expresamente al importe de los gastos originados por el proceso, cualquiera que sea el procedimiento aplicable (art. 38 LCS).
- ¿Hay plazo para decidirse?
- Sí, y son cortos. Cinco días desde la notificación del siniestro para la relación de objetos y la estimación de daños, ocho días para designar perito desde el requerimiento de la otra parte, y treinta o ciento ochenta días para impugnar el dictamen según se sea asegurador o asegurado (art. 38 LCS).
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