Sin tarifa oficial: así se forma el precio
Cuánto cuesta un peritaje de vehículos
Revisar una valoración de daños y reconstruir un accidente con dos vehículos, un atestado y lesionados son encargos de escala muy distinta. Antes de pedir precio conviene decidir cuál de los dos se necesita.
Operario trabajando en el vano motor de un turismo con el capó abierto.
Qué mueve el precio
Los factores propios de este informe
Además de los comunes a cualquier peritaje, estos son los que hacen variar el presupuesto en esta especialidad.
- Alcance: daños o dinámicaContrastar un presupuesto de reparación es acotado. Reconstruir la dinámica exige tratamiento de croquis, cálculo y validación de hipótesis.
- Disponibilidad de los vehículosSi siguen sin reparar y son accesibles, la inspección directa es rápida y concluyente. Si ya se repararon o desguazaron, hay que trabajar sobre fotografía, con más tiempo y menos certeza.
- Acceso al atestadoLos cuerpos encargados de la vigilancia del tráfico facilitan copia del atestado a los perjudicados y aseguradoras que lo pidan (art. 7.1 LRCSCVM). Tenerlo desde el principio ahorra trabajo.
- Número de implicadosCada vehículo añade inspección, datos técnicos y una hipótesis más que validar en la reconstrucción.
- Componente biomecánicoAnalizar la compatibilidad entre la energía del impacto y las lesiones exige cálculo específico y suele coordinarse con un informe médico.
- RatificaciónEn estos pleitos la comparecencia es casi segura, porque enfrente habrá otro informe. Conviene presupuestarla desde el encargo.
Antes de encargar nada
Lo que conviene saber antes
- Antes de reparar, fotografiar. Un vehículo reparado sin documentar reduce el valor del informe y encarece el trabajo.
- La reclamación previa al asegurador es obligatoria antes de demandar y no requiere estar cuantificada (art. 7.1 y 7.8 LRCSCVM).
- Si el asegurador no entregó los informes en que basó su oferta, no podrá aportar informes médicos periciales definitivos en el juicio (art. 7.3.c LRCSCVM).
Alcance, plazo e importe por escrito
Acordados antes de empezar el informe, con los ensayos externos como partida diferenciada.
Quién paga y cómo se recupera
- No existe tarifa oficial
- Los colegios profesionales y sus organizaciones colegiales no pueden establecer baremos orientativos ni ninguna otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales.art. 14 de la Ley 2/1974, sobre Colegios Profesionales
- La única excepción
- Los colegios sí pueden elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas.disposición adicional cuarta de la Ley 2/1974
- Provisión de fondos
- El perito designado judicialmente puede solicitarla en los tres días siguientes a su nombramiento, presentando presupuesto de lo que sería su futura factura. La parte dispone de cinco días para consignarla.art. 342.3 LEC
- Si no se consigna
- El perito queda eximido de emitir el dictamen y no se procede a una nueva designación. La prueba pericial simplemente no se practica.art. 342.3 LEC
- Perito único de común acuerdo
- Cuando ambas partes piden la designación y se muestran conformes, el tribunal puede nombrar un solo perito y los honorarios se abonan por mitades.art. 339.2 LEC
- Recuperación en costas
- Los derechos de peritos son costas del proceso, de modo que entran en la tasación si la sentencia condena en costas a la parte contraria.art. 241.1.4º LEC
- Impugnación por excesivos
- Si la tasación se impugna por considerar excesivos los honorarios del perito, se pide dictamen al Colegio, asociación o corporación profesional a la que pertenezca, y el letrado de la Administración de Justicia resuelve por decreto.art. 246.2 LEC
- Asistencia jurídica gratuita
- Quien tiene reconocido el derecho no aporta dictamen de parte: lo anuncia, y el perito se designa judicialmente.art. 339.1 LEC
- Peritación de seguros
- En la tasación pericial contradictoria cada parte designa y paga a su perito; el tercero se nombra de conformidad entre ambas.art. 38 LCS
Reglas comunes a cualquier informe pericial, con el artículo que las establece.

Estructura metálica de una nave en montaje, vista desde el aire.
Dudas habituales
Preguntas sobre el coste de este informe
Respondidas con la norma aplicable, no con una estimación de precio.
- ¿Puedo pedir un informe médico complementario gratis?
- En accidentes de circulación el lesionado puede solicitar informe pericial complementario al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses aunque no tenga el acuerdo de la aseguradora, y con cargo a esta (art. 7.5 LRCSCVM). Es una vía pública que conviene valorar antes de contratar una pericia médica privada.
- ¿Merece la pena peritar si el daño material es pequeño?
- Rara vez, si solo se discute la valoración de la reparación. Suele merecerla cuando lo que está en juego es la dinámica del accidente, porque de ella dependen la responsabilidad y, con ella, todas las demás partidas, incluidas las lesiones.
- ¿Qué pasa si ya he reparado el coche?
- El informe se hace sobre fotografías, facturas y peritación previa de la compañía, con más tiempo de análisis y menos certeza. Por eso fotografiar con detalle antes de reparar es la medida que más valor añade y no cuesta nada.
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